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sábado, 26 de diciembre de 2020

¿Se repobló Olmedilla de Éliz desde Arrancacepas?

 Nuestra historia comienza con Juan de la Fuente, vecino de Canalejas, y tenido por hidalgo (un escudero al servicio de un caballero de Canalejas llamado Perafán), que habiendo puesto los ojos en una vecina de Olmedilla de Éliz, llamada Juana Hernández se la robo a su marido en él último cuarto del siglo XV. Es difícil saber lo que pasó, pues los testimonios que nos han quedado son favorables a Juan de la Fuente, pero este, tras hacer amistad con Juana, se debió llevar a la moza a Guadalajara, robándosela a su marido, procreando un hijo y consiguiendo casarse con ella tras anular en 1496 el matrimonio en Cuenca. Juan de la Fuente y Juana Hernández se instalarían en Canalejas con su hijo García de la Fuente.

Juana Hernández era hija de un vasco, establecido en Cañaveras y llamado Sancho Hernández Vizcaíno. Según su versión, había sido raptada por un vecino de Arrancacepas, llamado Pedro Martínez Torote, sacada de su casa en una acción violenta de Pedro y otros compinches armados y obligada a casarse con el susodicho Torote. Al menos esa era la versión que se dio de los hechos para anular el matrimonio.

Más allá de la anécdota, la historia nos deja ver una villa de Arrancacepas en plena expansión en la segunda mitad del siglo XV a costa de aldeas vecinas, despobladas desde comienzos de ese siglo. Quizás porque entonces estaba en la órbita de una villa señorial como Cañaveras y antes de defender a fines de siglo su condición de realengo, como parte integrante de la Tierra de Cuenca. Sabemos que una de las  familias de Arrancacepas, los Moreno, que actuaban como procuradores del sexmo de Torralba, habían iniciado una colonización de las tierras de Castillo de Albaráñez en la década de 1490, que, seguramente, el establecimiento de vecinos de Arrancacepas en Olmedilla de Éliz tuvo lugar unas décadas antes, de los que el tal Torote fue uno más de esos vecinos limítrofes que acudieron en busca de tierra a repoblar la Olmedilla. Si es así, quizás hemos de pensar que las familias se formaban con la misma violencia que se roturaba la tierra y que el rapto de Juana por Torote no es una idea descabellada.

De la repoblación de Olmedilla de Éliz, despoblada a comienzos del siglo XV, tenemos constancia desde mediados de esa centuria. En 1454, un vecino principal de Huete, Hernán Carrillo, vende unos molinos llamados Nuevos en la ribera del Júcar, en la Mancha, para centrarse en la explotación de unas propiedades en Olmedilla de Éliz.



ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. HIDALGUÍAS. Juan y García de la Fuente. Año 1502. Signatura antigua 302-255-2 

viernes, 25 de diciembre de 2020

Sobre el empedrado de las calles de Cuenca (1499)

 

Andrés de Ávila, en nonbre e como procurador de la comunidad desa dicha cibdad nos fiso relación por su petición ecétera disiendo que a pedimento de algunos regidores e personas partyculares desa dicha cibdad fue ganada una nuestra carta e prouisión por la qual dis que mandamos que se enpedrasen las calles desa dicha cibdad diciendo que hera lodosa e trabajosa de andar en ynvierno a cabsa de lo qual dis que heran las casas muy húmidas e dolientes e que la una parte de lo que costase a enpedrar se pagase de los propios desa dicha cibdad e sy aquello no bastase se echase en sysa  e las otras dos partes pagasen los dueños de las casas donde se fisiese lo enpedrado e que el licenciado Aluaro de Porras nuestro juez de rresydencia desa dicha cibdad antes que la dicha nuestra carta e prouisión fuese ganada por los susodichos dis que mandó enpedrar cierta parte de una calle que se llama la Pellijería e que como la nuestra carta e prouisión fue presentada dis que mandó se empedrase a los vesinos de la dicha calle e que por parte de la dicha comunidad fue suplicado de la dicha nuestra carta e prouisión disyendo que no fue ganada con rrelación verdadera porque la petyción dis que no se fiso de consentimiento de los vuestros estados antes dis que por la dicha comunydad fue contradicho e que enbargante contradición dis que parte de los dichos regidores con la justicia de la dicha cibdad  ordenaron la dicha petyción e hisieron mensaje para lo solicitar en nuestra corte por ende que se presentase e presentó ante nos en grado a la dicha suplicación e dixo que la dicha carta que asy mandamos dar para enpedrar esa dicha cibdad que la mandásemos rreuocar por muchas rrasones porque esa dicha cibdad está en syerra e toda ella poblada en cuestas e sy  se oviesen de enpedrar no podrían andar las bestias por las calles ni les traherían mantenimientos segund es fragosa e puesta e asentada sobre peña e que mandásemos cesar el dicho enpedrar pues que esa dicha cibdad no tenía necesidad ni tanpoco tenía dispusición para averse de enpedrar pues avía en ello tantos ynconvinientes e hera en perjuisio e agrauio desa dicha cibdad e vesinos della.

 

Archivo General de Simancas, RGS,LEG,149901,6

 

lunes, 21 de diciembre de 2020

Memorial del lugar de (Do)Mingo García a SM para que se le concediese el término de Villalvilla, en tierra de Cuenca, que se había enajenado en favor de Alonso Pacheco (s. XVI)

 Memorial del lugar de (Do)Mingo García a SM para que se le concediese el término de Villalvilla, en tierra de Cuenca, que se había enajenado en favor de Alonso Pacheco (s. XVI)

(cruz)
C. R. Mt.
El lugar de Mingo García aldea de Cuenca, dize que ya a V. Mt. es notorio cómo ya el dicho lugar tiene suplicado se le haga mrd. de dársele el lugar y término de Villalvilla, que es en su término, que se enagenó por V. Mt. por vía de venta a don Alonso Pacheco, vezino de la ciudad de Cuenca, que el dicho lugar serviría a V. Mt. con la cantidad de mrs. que subió el dicho don Alonso por la dicha venta del dicho lugar y término para que se le vuelva a él y otro tanto a V. Mt. y más que dexará para V. Mt. las tercias y alcavalas del dicho lugar y término por aver avido en ello grande engaño contra V. Mt. y para que dello conste más en forma a V. Mt. suplica se le mande dar su rreal zédula para que Miguel de Pedrosa escriuano ante quien pasó la averiguazión y anojonamiento del dicho lugar y tierra que se hizo quando se enagenó el dicho don Alonso se lo dé todo en forma original para lo presentar ante V. Mt. para que conste del dicho engaño y no se dé previllegio al dicho don Alonso de la dicha venta que en ello rescibirá merced
Archivo General de Simancas, CCA,DIV,47,26